El plan de este escrito es muy simple. Nos planteamos tres preguntas:
1ª. ¿Qué es el Tercer Estado? Todo.
2ª. ¿Qué ha sido hasta el presente en el orden político? Nada.
3ª ¿Qué pide? Llegar a ser algo.
(...) Si se suprimiera el orden privilegiado, la nación no iría a menos, sino a más (...) ¿Qué es una nación? Un cuerpo de asociados que viven bajo una ley común y representados por una misma legislatura.
¿No es evidente que la nobleza tiene privilegios, dispensas, incluso derechos separados de los derechos del gran cuerpo de ciudadanos? Por ello se sale del orden común, de la ley común. Así, sus derechos civiles les convierten en un pueblo aparte dentro dela gran nación (...)
Respecto a sus derechos políticos, los ejerce igualmente aparte. Tiene sus propias representantes, que no están encargados en ningún caso de la procuración del pueblo. El cuerpo de sus diputados se reúne aparte; y aún cuando se reunieran en la misma sala con los diputados de los simples ciudadanos, seguiría siendo cierto que su representación es esencialmente distinta y aparte: es extraña a la nación por principio, puesto que su misión no viene del pueblo, y por su objeto, puesto que consiste en defender no el interés general, sino el particular (...)
SIEYES, E.J. ¿Qué es el Tercer Estado? Febrero de 1789.
Juramento del Juego de la Pelota, 20 de junio de 1789.
Esbozo para un cuadro conmemorativo, realizado por Jacques Louis David en 1793.
DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO (26 de agosto de 1789).
Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre (…)
Artículo primero - Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos…
Artículo 2 - La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
Artículo 3 - El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación.
Artículo 6 - La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir a su elaboración, personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos…
Artículo 9 - Puesto que todo hombre se presume inocente mientras no sea declarado culpable, si se juzga indispensable detenerlo, todo rigor que no sea necesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley.
Artículo 11 - La libre comunicación de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre…
Artículo 15 - La sociedad tiene derecho a pedir cuentas de su gestión a todo agente público.
Artículo 17 - Siendo la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella…
CONSTITUCIÓN DEL AÑO I (24 de junio, 1793).
De la República
Artículo 1. La República Francesa es una e indivisible.
De la Distribución del Pueblo
Artículo 2. El pueblo francés se distribuye, para el ejercicio de su soberanía, en asambleas primarias de cantones.
Del Estado de los Ciudadanos
Artículo 4.
Todo hombre nacido y domiciliado en Francia, con veintiún años de edad cumplidos.
Todo extranjero con veintiún años de edad, domiciliado en Francia desde hace un año, que viva aquí de su trabajo, o adquiera una propiedad, o despose una francesa, o adopte un niño, o alimente a un viejo; todo extranjero, en fin, que considere que ha merecido bien la humanidad.
Será admitido al ejercicio de los derechos de ciudadano francés.
De la Soberanía del Pueblo
Artículo 7. El pueblo soberano es la universalidad de los ciudadanos franceses.
Artículo 8. Nombra a sus diputados de forma directa.
Artículo 9. Delega en electores para la designación de los administradores, de los árbitros públicos, de los jueces penales y de casación.
Artículo 10. Delibera sobre las leyes.
J.L. David. Muerte de Marat, 1793. 165X128cm., Museo de Bellas Artes de Bruselas.
El cuadro retrata el magnicidio del líder jacobino Jean Paul Marat, cometido por Charlotte Corday el 13 de junio de 1793.
No hay más ciudadanos de la república que los republicanos. Los realistas, los conspiradores, no son para ella más que extranjeros, o más bien enemigos (…)
Es necesario eliminar a los enemigos interiores y exteriores de la república o perecer con ella (…) El gobierno de la Revolución es el despotismo de la libertad contra la tiranía.
El terror es menos un principio particular que una consecuencia del principio general de la democracia, aplicado a las más urgentes necesidades de la patria. El instrumento del gobierno popular en la revolución es a la vez la virtud y el terror.
Maximilen de Robespierre. Discurso en la Convención. 1794.
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