En Europa, los conflictos y tensiones generados por el Antiguo Régimen no encontraron solución en la obra de los déspotas ilustrados. La fórmula del cambio aparente que suponía el “todo para el pueblo pero sin el pueblo” no había estado acompañada de la energía necesaria para acabar con los privilegios sociales y conceder a los súbditos una mayor participación en las decisiones políticas. Este conflicto latente generaba en el mundo occidental a finales del siglo XVIII un creciente descontento cuya solución pasaba inevitablemente por la negación de la legitimidad de las autoridades existentes y la aplicación de la nueva doctrina liberal basada en la libertad y la propiedad y concretada en la soberanía nacional, la división de poderes y las garantías constitucionales. El carácter del nuevo sistema se hizo manifiesto en la publicación de las Declaraciones de derechos y en las constituciones, que liquidaban la vieja legitimidad –divina o pactista- de los monarcas.
Como hemos visto, los Estados Unidos, con sus peculiares características de la tradición política británica, abrieron el camino. La inicial guerra de independencia frente a la autoridad de la metrópoli inglesa se transformó en una verdadera revolución política que concluyó con el establecimiento de un estado republicano y constitucional de acuerdo con los principios ilustrados y garante de los derechos individuales.
La mecha encendida en América encontró un espléndido caldo de cultivo en la Francia borbónica, ejemplo de la monarquía absoluta más caduca y de las desigualdades institucionales y legales del Antiguo Régimen. Las dificultades financieras de la Corona francesa, consecuencia en parte de los gastos de la ayuda a los revolucionarios norteamericanos, indujeron al gobierno a buscar nuevos ingresos, que sólo podían proceder de aquel sector de la población que reunía la fortuna con el privilegio.
4.1.LA REVUELTA DE LOS PRIVILEGIADOS.
El déficit de la hacienda francesa indujo a los sucesivos ministros (Turgot, Necker, Calonne y De Brienne) a buscar ingresos estableciendo un nuevo impuesto “la subvención territorial”, proporcional a la renta y obligatorio para todos. La resistencia de la nobleza a perder sus privilegios y la decisión del Parlamento de París, que reservaba la decisión de aprobar cualquier reforma fiscal a los representantes de la nación reunidos en los Estados Generales, llevaron a Luis XVI a buscar en la convocatoria de éstos –que no se producía desde 1614- la solución a sus problemas económicos en 1788.
Los Estados Generales eran una asamblea de origen medieval en la que los representantes de los tres estamentos (nobleza, clero y estado llano) elaboraban una serie de peticiones (cuadernos de quejas) votadas por estamento y que eran aceptadas o rechazadas por la corona libremente. Nobleza y clero esperaban dominar la situación mediante el voto tradicional, evitar las reformas y reforzar sus privilegios, y ampliar su participación política. Los cuadernos de quejas reflejaban las siguientes peticiones:
- Los privilegiados solicitaban una monarquía constitucional y la reunión periódica de los Estados Generales, que defenderían el mantenimiento de sus privilegios
- La burguesía solicitaba asimismo una monarquía constitucional, pero sustentada en la igualdad de derechos y en la que serían suprimidos los privilegios de nobleza y clero. Proponía también la reunión periódica de los Estados Generales, pero sus miembros votarían por cabeza y no por estamento.
- Los campesinos incidían además en reivindicaciones concretas como la reducción de impuestos y la supresión de los derechos señoriales.
La reunión de los Estados Generales se abrió el 5 de mayo de 1789. Los seiscientos diputados del estado llano igualaban en número a los de la nobleza y el clero, de ahí que se inclinasen por la reunión en una única sala y por el voto individual; por el contrario los privilegiados proponían las deliberaciones por separado y el voto por estamento. Los problemas de procedimiento consumieron todo el mes sin dar solución a ninguno de los temas principales, ante lo cual los diputados del Tercer Estado radicalizaron sus posturas. Liderados por Sieyès decidieron romper la legalidad y el 17 de junio se autoproclamaron Asamblea Nacional y representante única del pueblo francés (constituían el 98% de la población). Tres días después, al impedírseles el acceso a la sala de reuniones, se trasladaron al recinto del Juego de la Pelota, donde juraron no separarse hasta dar a Francia una constitución a la vez que amenazaban al rey con no pagar los impuestos. En las sesiones siguientes algunos miembros del clero y la nobleza se unieron a la Asamblea ante la resignación del monarca. La transformación de los Estados Generales en Asamblea Nacional representaba una verdadera revolución jurídica y consagraba la monarquía constitucional frente a la de derecho divino.
Estos acontecimientos propiciaron una sucesión de revueltas populares. Al llegar a París las noticias de una concentración de fuerzas en Versalles y de la destitución del ministro liberal Necker, se desencadenó una sublevación –el 14 de julio- que terminaría con el asalto y toma de la Bastilla, la cárcel parisina símbolo de la tiranía del régimen. Inmediatamente se organizará una nueva municipalidad en la capital y una milicia burguesa al mando de La Fayette. Falto de apoyos, el soberano reconocerá a la Asamblea y parte de la aristocracia decidirá iniciar el camino del exilio. En el campo se produjo la llamada “revolución del Gran Miedo”. Los campesinos se armaron y revolvieron contras los intereses de los señores invadiendo tierras y asaltando castillos. Ante el peligro que esto suponía para el mantenimiento de la propiedad privada, la Asamblea adoptaría una medida de urgencia decretando la abolición de los derechos feudales y del diezmo el 4 de agosto.
4.2.LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE.
La caída del Antiguo Régimen obligaba a la construcción de un orden nuevo a partir de la elaboración de un texto legal que regulase las relaciones entre el Estado y sus ciudadanos: una constitución. La Asamblea Constituyente estuvo conformada por diversos grupos políticos: ultrarrealistas (grupo minoritario que defendía los derechos de los privilegiados desde el Salón Francés), monárquicos moderados (intentaban mantener las prerrogativas del rey; contralaron la Asamblea hasta octubre del 89), la Sociedad de 1789 (dirigidos por La Fayette, Sieyès y Condorcet; partidarios de una monarquía constitucional que integrara también a la alta burguesía y a la aristocracia reformista, impuso sus criterios a partir de octubre del 89), la Sociedad de los Amigos de la Constitución o Club de los Jacobinos (sus figuras más representativas son Desmoulins y Roberpierre; su base social es la baja burguesía y las clases populares, y proponen la revolución como medio para acceder a una república social y centralista) y la Sociedad de los Amigos de los Derechos del Hombre o cordeliers (liderados por Carnot y Marat; son el sector más exaltado, defienden el sufragio universal, la soberanía popular y la democracia plena).
Antes de la elaboración del texto constitucional, la Asamblea desarrolló una serie de medidas cuyo objetivo era evitar un vació de poder y sentar las bases del nuevo orden político. Entre ellas sobresale la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, de 26 de agosto de 1789, inspirada en la de Virginia de 1776, y llamada a convertirse en el programa del movimiento liberal europeo: la libertad y la igualdad son considerados principios naturales imprescriptibles, en un segundo plano estos principios se traducen aspectos políticos como la soberanía nacional y la separación de poderes.
Finalmente, la Asamblea aprobó la constitución de 1791, que partía de los principios de la declaración de derechos y establecía las características políticas esenciales del nuevo régimen:
- El nuevo Estado se conformaba como una monarquía constitucional.
- Se proclamaba la soberanía nacional y la separación de poderes.
- El poder ejecutivo recaía en la figura del rey, el legislativo en una Asamblea Nacional reunida en una sola cámara y elegida por sufragio censitario (varones mayores de 25 años que tributen una cantidad igual o superior a tres jornadas de trabajo) y el judicial en jueces elegidos por el Estado con carácter temporal.
- Se descentralizaba la administración pública.
- Se establecía el liberalismo económico puro.
- Se nacionalizaban los bienes de la Iglesia, se suprimían las órdenes religiosas y se establecía la Constitución Civil del clero, que convertía a los clérigos en funcionarios del Estado obligados a jurar la constitución.
Esta medida dividió al clero entre juramentados y refractarios (apoyados por el papa) lo que dio lugar a olas de protesta antirreligiosa. En este clima de creciente desconfianza Luis XVI intentó huir al extranjero, siendo descubierto y reconducido a París. La monarquía quedó definitivamente desacreditada y los soberanos europeos encabezados por Austria y Prusia se prepararon para una intervención armada a través de la Declaración de Pillnitz.
El 30 de septiembre de 1791 se disolvía la Asamblea Constituyente y se convocaban las primeras elecciones legislativas.
4.3.LA ASAMBLEA LEGISLATIVA.
Tras las elecciones, las nueva Asamblea estuvo compuesta por una derecha partidaria de la monarquía constitucional (fuldenses, 264 escaños), una izquierda formada por los jacobinos de Robespierre y un grupo escindido de estos –los girondinos- liderados por Brissot y Condorcet, más moderados y partidarios del Estado descentralizado (136 escaños), un centro mayoritario que oscilaba entre los grupos anteriores según sus intereses (340 escaños) y, finalmente, los extremistas republicanos populares, los sans-culottes, muy minoritarios (5 escaños).
La Asamblea Legislativa se enfrentaría con dos graves problemas:
- La mala cosecha de 1791 y el descontento popular que produjo en el campo. Y,
- La amenaza del duque de Brunswick con destruir París si se ejercía cualquier acción violencia contra Luis XVI, que provocó una insurrección popular, el 10 de agosto de 1792, y acabó con el asalto al palacio de las Tullerías (sede de la Asamblea) y el encarcelamiento del rey y su familia.
La guerra convirtió la revolución en una causa nacional. Los ejércitos extranjeros fueron rechazados y la Asamblea votó la suspensión de la autoridad real y la convocatoria de una nueva Asamblea Constituyente: la Convención.
4.4.LA CONVENCIÓN NACIONAL.
El 20 de septiembre de 1792 se reunió por primera vez la Convención Nacional tras las elecciones celebradas por sufragio universal que dieron como resultado la siguiente composición: a la derecha se situaron los girondinos, burgueses moderados –antes de izquierda- que, asustados por las jornadas de violencia, intentarán suavizar el proceso revolucionario; a pesar de lo anterior, liderados por Vergniaud, serán partidarios de la guerra en el exterior para garantizar el triunfo de la revolución. A la izquierda quedaron los montañeses –jacobinos y cordeliers-, burgueses a los que la revolución había enriquecido o privilegiado, muy unidos a los principios revolucionarios y que no dudarán en apoyarse en los sans-culottes para hacer triunfar dichos principios. Sus principales figuras fueron Dantón, Robespierre, Marat y Sant Just; estaban inspirados por la ideología de Rousseau, que relacionaba política y moral, y justificaba la licitud de los actos revolucionarios extremos (terror). Eran partidarios de detener la guerra en Europa para consolidar la revolución en Francia y, aunque en minoría, contaban con el apoyo incondicional de la calle. En el centro político se situaba “la Llanura u hombres del pantano”, que apoyará inicialmente a los girondinos para favorecer la representatividad del poder pero sin mayor compromiso político.
4.4.1. La Convención girondina (20 septiembre 1792/2 junio 1793).
Su primer acto fue abolir la monarquía y proclamar la República Francesa, el 22 de septiembre de 1792. A este hecho le sucedería la creación de un tribunal extraordinario: el Comité de Salud Pública, destinado a depurar cualquier atisbo reaccionario. Uno de sus primeros procesos terminó con la ejecución de Luis XVI el 21 de enero de 1793.
Este hecho, unido al deseo de la Convención de extender la revolución por toda Europa y los límites de Francia a sus barreras naturales, provocó un recrudecimiento de la guerra y la formación de una primera coalición contra Francia integrada por Inglaterra, Austria, Prusia, Cerdeña y España.
Ambas circunstancias propiciaron la desunión definitiva de girondinos y montañeses, y la agudización de la crisis económica interna de la que se hacía responsable a los primeros. Apoyados por el sector montañés más radical, los sans-culottes asaltaron la Convención y arrestaron a los principales líderes girondinos el 31 de mayo de 1793, mientras los restantes huían a provincias.
4.4.2. La Convención montañesa (2 junio 1793/27 julio 1794).
La nueva Convención fue puesta en cuestión desde distintas regiones y sectores de Francia, máxime tras el alistamiento forzoso de más de 300.000 hombres para hacer frente a la guerra. Estas circunstancias desembocaron en la sublevación de los campesinos de la Vendeé, a los que se unieron durante el verano otros procedentes de Bretaña, Aquitania y Provenza. En el fondo de la sublevación se encontraba también la escasez de alimentos, el rechazo a las medidas anticlericales y la agitación de los políticos girondinos expulsados de la Asamblea. Para hacer frente a los sublevados, los montañeses necesitaron nuevamente el apoyo de los sans-culottes de las ciudades a quienes se hicieron concesiones que radicalizarían definitivamente la revolución.
Las más importantes quedarían reflejadas en la nueva Constitución –del año I-, la primera democrática del proceso. El documento hacía residir el poder en una Asamblea, elegida por sufragio universal masculino, y en un Consejo de Gobierno; el Estado debía promover el bien común, emprender reformas sociales y consultar al pueblo en referéndum sobre aquellos aspectos que se considerasen de importancia nacional.
La constitución habría de entrar en vigor una vez terminado el conflicto bélico en Europa, mientras tanto se constituyó un gobierno revolucionario, régimen especial de guerra caracterizado por la centralización y la suspensión provisional de todas las libertades. Estaba formado por una serie de asambleas y comités dependientes directamente de la Convención:
- El Comité de Salud Pública, formado por doce miembros de la asamblea, entre los que sobresalían Robespierre, Dantón, Saint Just y Carnot. Era el órgano supremo del poder ejecutivo; dirigía la guerra, la diplomacia y la economía.
- El Comité de Seguridad General. Se encargaba del control de la policía política y de aplicar las medidas contra los sospechosos.
- Los Representantes en misión. Eran delegados del Comité de Salud Pública para hacer cumplir sus directrices en toda Francia.
- Los Agentes nacionales, nombrados por los anteriores para acceder a las administraciones locales: distritos y municipios.
- Los Comités de vigilancia. Ayudaban a los dos anteriores elaborando las listas de sospechosos, haciendo registros domiciliarios, expidiendo certificados de civismo, etc.
- El Tribunal Revolucionario. Juzgaba las actuaciones contra la libertad, la igualdad, la unidad y la indisolubilidad de la República.
El gobierno revolucionario, dirigido por Maximilian de Robespierre, dictó una serie de leyes que inauguraban la denominada “época del terror”:
- La Ley de sospechosos, por la que serían arrestadas todas aquellas personas susceptibles de comportamientos contrarrevolucionarios.
- La Ley de máximos generales, que suponía el intervencionismo del Estado en la economía, controlando el precio de los productos y de los salarios.
- Al tiempo, proclamó una leva en masa de todos los jóvenes entre 18 y 25 años y llevó a cabo una política de descristianización del Estado y su sustitución por la religión de la razón.
La ruptura con el orden anterior se plasmó en el establecimiento de un nuevo calendario adoptado en octubre de 1973 y que computaba el día 1 del año 1 de la República Francesa el 22 de septiembre de 1792. El nuevo calendario constaba de 12 meses de 30 días (vendimiario, brumario, frimario, nivoso, pluvioso, ventoso, germinal, floreal, pradial, mesidor, termidor y fructidor) con cinco días de fiestas revolucionarias.
La época del terror despertó pronto antipatías hacia la revolución, el republicanismo y la Convención. Además, el Comité de Salud Pública concentraba cada vez más poder, no transigiendo con la violencia revolucionaria. Pronto dejó de ser apoyado por los más radicales, que consiguieron la proscripción y muerte de Roberpierre el 9 de termidor del año 2 (27 de julio de 1794).
4.4.3. La Convención termidoriana (27 julio 1794/octubre 1795).
La caída de Robespierre supuso el triunfo de la burguesía y de los principios liberales. En oposición a la política del terror, se vaciaron las prisiones, regresaron algunos exiliados, se decretó la clausura de los clubes jacobinos y se produjo una descentralización administrativa, volviendo a las posturas girondinas de las primeras fases de la revolución. Pero la acción de gobierno más importante fue la elaboración de una nueva carta magna: la Constitución del año III (septiembre de 1795), que establecía una república burguesa fundamentada en la división de poderes. La independencia de los jueces se convirtió en la garantía del nuevo texto. El legislativo se repartía entre dos cámaras: el consejo de Quinientos, con iniciativa legal, y el Consejo de ancianos, que aprobaba o rechazaba las leyes, pero no podía introducir enmiendas. Finalmente, el ejecutivo recaía en un directorio formado por cinco miembros, para impedir la concentración del poder en manos de un solo individuo.
Esta nueva constitución devolvía el poder a las clases pudientes, estableciendo un curioso sufragio universal que negaba la condición de ciudadano a los no contribuyentes.
Durante los debates constitucionales, la Convención termidoriana tuvo que hacer frente a sublevaciones internas de signo contrario: de los sans-culottes y de los realistas. En el exterior, continuó la guerra contra la primera coalición; los franceses invadieron Bélgica y Holanda, donde proclamaron la república Bátava, expulsaron a los prusianos más allá del Rin y penetraron en Navarra y Cataluña, firmando los Tratados de Basilea con Prusia (abril de 1795) y España (julio, por el que Francia devolvía los territorios anexionados al sur de los Pirineos a cambio de Haití).
4.5. EL DIRECTORIO.
Tras la aprobación de la nueva constitución en octubre de 1795, la Convención se disolvió comenzando a funcionar el nuevo régimen establecido por aquella y gobernado por el Directorio. Los problemas a los que hubo de enfrentarse fueron los mismos que en el periodo anterior:
- En el interior, tuvo que hacer frente a la oposición política jacobina, que pretendía restaurar la soberanía popular por la violencia: “conspiración de los iguales”, y terminaría con el ajusticiamiento de su líder Babeauf (1796); y a los realistas, que deseaban la restauración de la monarquía borbónica en la persona de Luis XVIII.
- En el exterior, continuó la guerra contra Austria e Inglaterra. Tras una serie de brillantes victorias en Italia, en las que destacó el genio militar de Napoleón Bonaparte, se crearían las “repúblicas hermanas” de Cisalpina, Ligur, Romana y Helvética, firmándose una paz provisional con los austriacos.
Las disensiones dentro del Directorio, el temor a nuevas sublevaciones y una serie de derrotas consecutivas en la guerra desembocarían en el golpe de estado del 18 de brumario (9 de noviembre de 1799), que situaba al frente del poder ejecutivo a tres cónsules: Napoleón, Sieyès y Ducos, y suponía el fin de la república liberal.
El golpe de estado de brumario inauguraba la carrera política de Napoleón Bonaparte, cuyas atribuciones serían desde el principio superiores a las de los otros cónsules. Paulatinamente desaparecería el régimen constitucional de separación de poderes y se volvería a un gobierno personal y autoritario que si bien continuó la reforma social de la revolución paralizó las reformas políticas.